34 Pero las tierras de pasto de sus ciudades no se venderán porque son propiedad suya para siempre.
35 En caso de que un hermano tuyo empobrezca y sus medios para contigo decaigan, tú lo sustentarás como a un extranjero o peregrino, para que viva contigo.
36 No tomes interés y usura de él, pero teme a tu Dios, para que tu hermano viva contigo.
37 No le darás tu dinero a interés, ni tus víveres con ganancia.
38 Yo soy el Señor su Dios, que los saqué de la tierra de Egipto para darles la tierra de Canaán y para ser su Dios.
39 Si un hermano tuyo llega a ser tan pobre para contigo que se vende a ti, no lo someterás a trabajo de esclavo.
40 Estará contigo como jornalero, como si fuera un peregrino; él servirá contigo hasta el año de jubileo.