7 “Si alguien confía a otra persona dinero u objetos de valor, y a esta persona se los roban de su propia casa, el ladrón tendrá que pagar el doble, si es que lo encuentran;
8 pero si no lo encuentran, entonces el dueño de la casa será llevado ante Dios para ver si no ha echado mano de lo que el otro le confió.
9 “Si alguien se apropia de un buey, un asno o una oveja, o de algún vestido, o de cualquier otra cosa que se haya perdido y que alguna persona reclame como suya, el caso de ambas personas se llevará ante Dios, y el que resulte culpable pagará el doble al otro.
10 “Si alguien confía a otra persona un asno, un buey, una oveja o cualquier otro animal, y el animal muere, o es lastimado, o es robado sin que nadie lo vea,
11 esa persona hará un juramento al dueño, en el nombre del Señor, de que no echó mano de lo que el otro le confió. El dueño aceptará su palabra, y el otro no pagará nada.
12 Pero si le robaron el animal ante sus propios ojos, tendrá que pagárselo al dueño.
13 Si el animal fue despedazado por un animal salvaje, para no pagar nada se deberán presentar como prueba los restos del animal muerto.