30 Pero en caso de que la vivienda no sea rescatada en el término de un año, quedará para siempre en poder del que la compró y de sus descendientes. No podrá ser liberada en el año de liberación.
31 En cambio, las casas de pueblos sin murallas serán consideradas igual que los campos: podrán ser rescatadas, y serán liberadas en el año de liberación.
32 “Los levitas tendrán siempre el derecho de volver a comprar las casas que estén dentro de sus ciudades.
33 Si el que rescata es un levita, deberá abandonar la casa en el año de liberación e irse a la ciudad donde tiene su propiedad, porque la única propiedad de los levitas entre los israelitas es la casa que tienen en su ciudad.
34 Las tierras de pastoreo pertenecientes a las ciudades de los levitas no podrán ser vendidas, porque son su propiedad permanente.
35 “Si alguno de tus compatriotas se arruina y recurre a ti, debes ayudarle como a un extranjero de paso, y le acomodarás en tu casa.
36 No le quites nada ni le cargues intereses sobre los préstamos que le hagas; al contrario, muestra temor por tu Dios y acomoda a tu compatriota en tu casa.