23 Pero si la parte afectada se mantiene sin extenderse, entonces es solamente la cicatriz de la llaga, y el sacerdote lo declarará puro.
24 »Cuando alguien tenga una quemadura en la piel, y en la carne viva de la quemadura haya una mancha blanco-rojiza o blanca,
25 el sacerdote la examinará. Si el pelo en la mancha se ha puesto blanco, y la mancha aparece más hundida que el resto de la piel, entonces es lepra lo que brotó en la quemadura; así que el sacerdote lo declarará impuro por tener llaga de lepra.
26 Si al examinar el sacerdote la mancha, ve que no hay en ella ningún pelo blanco ni aparece más hundida que la piel, sino que va desapareciendo, entonces encerrará a esa persona durante siete días.
27 A los siete días el sacerdote la examinará, y si la mancha se ha extendido por la piel, entonces declarará impura a esa persona, pues tiene llaga de lepra.
28 Pero si la mancha se mantiene sin extenderse por la piel y va desapareciendo, entonces no es más que la hinchazón de la quemadura, así que el sacerdote declarará puro al enfermo, porque sólo se trata de la cicatriz de la quemadura.
29 »Cuando un hombre o una mujer tenga una llaga en la cabeza o en la barba,