6 Para los niños de un mes a cinco años, la contribución será de cinco monedas de plata, y de tres para las niñas.
7 Para las personas mayores de sesenta años, la contribución será de quince monedas para los hombres, y de diez monedas para las mujeres.
8 Y si la persona es demasiado pobre para pagar la contribución establecida, se llevará el caso al sacerdote, para que este fije una nueva contribución de acuerdo con las posibilidades del que hizo la promesa.
9 “En el caso de los animales que se pueden ofrecer al Señor, todo animal que se entregue al Señor quedará consagrado,
10 y no podrá ser cambiado por otro animal, ya sea éste mejor o peor. En caso de cambio, tanto el animal ofrecido como el animal dado a cambio quedarán consagrados.
11 “En el caso de un animal impuro, que no puede ser ofrecido al Señor, se llevará el animal al sacerdote
12 para que este fije la contribución correspondiente, según la calidad del animal. La contribución fijada por el sacerdote deberá ser aceptada,