38 el sacerdote saldrá a la entrada de la casa y la clausurará durante siete días.
39 Al séptimo día el sacerdote retornará a la casa y, si comprueba que la mancha se ha extendido por las paredes,
40 ordenará que se arranquen las piedras manchadas y que se arrojen en lugar impuro fuera de la ciudad.
41 Ordenará también raspar toda la casa por dentro y el polvo de las raspaduras será arrojado a un lugar impuro fuera de la ciudad.
42 Pondrán otras piedras en lugar de las que se quitaron y recubrirán nuevamente con barro el interior de la casa.
43 Y si, después que se arrancaron las piedras, se raspó la casa y se volvió a recubrir, salen nuevas manchas,
44 entonces el sacerdote volverá a examinarla: si resulta que las manchas se han extendido por toda la casa, es un caso de lepra maligna en la casa; la casa es impura: