10 Declararán santo ese año cincuenta y proclamarán la liberación para todos los habitantes del país. Será para ustedes año jubilar: cada uno recobrará su propiedad y cada cual regresará a su familia.
11 El año cincuenta será para ustedes año jubilar: no sembrarán, ni cosecharán los rebrotes de la última siega, ni vendimiarán las uvas que pueda producir su viñedo.
12 Es año jubilar y debe ser sagrado para ustedes: comerán sólo lo que la tierra espontáneamente produzca.
13 En este año de jubileo cada uno recuperará su propiedad.
14 Por tanto, si compran o venden algo a su prójimo, que nadie engañe a su hermano.
15 En lo que compres a tu prójimo se tendrá en cuenta el número de años pasados después del año jubilar; asimismo, él te venderá teniendo en cuenta el número de años de cosecha que quedan.
16 El precio aumentará o disminuirá en proporción a los años que falten para el próximo año jubilar; la venta se hará según el número de las cosechas.