23 En tales casos, cuando uno ha pecado así y se ha hecho culpable, restituirá lo que robó o el depósito que se le encomendó, o lo perdido que halló,
24 o todo aquello sobre lo que juró en falso; lo restituirá completamente a quien pertenece y añadirá a ello la quinta parte de su valor en el día de su sacrificio de reparación.
25 Como ofrenda de reparación presentará al Señor un carnero de sus rebaños que no tenga ningún defecto y valorado según se estime; se lo llevará al sacerdote como ofrenda de reparación.
26 El sacerdote hará expiación por esa persona en presencia del Señor y le será perdonado cualquier pecado en que haya podido incurrir.