14 »Si alguien dedica una casa al Señor, el sacerdote irá para valorarla. El cálculo del sacerdote será definitivo, ya sea alto o bajo.
15 Si la persona que dedicó la casa quiere volver a comprarla, tendrá que pagar el valor fijado por el sacerdote, más un veinte por ciento. Entonces la casa volverá a ser suya.
16 »Si alguno le dedica al Señor una porción de su propiedad familiar, el valor será determinado de acuerdo con la cantidad de semilla que se necesita para sembrarla: cincuenta siclos de plata para un campo sembrado con doscientos veinte kilos de semilla de cebada.
17 Si se dedica el campo al Señor en el año de jubileo, entonces será aplicable la valoración total.
18 Pero si dedican el campo después del año de jubileo, el sacerdote hará el cálculo del valor del terreno en proporción con el número de años que falte para el siguiente año de jubileo. Su valor calculado se reduce cada año.
19 Si la persona que dedicó el campo desea volver a comprarlo, tendrá que pagar el valor fijado por el sacerdote, más un veinte por ciento. Entonces el campo volverá a ser suyo legalmente.
20 Pero si no desea volver a comprarlo, y el campo se vende a otro, ya no se podrá recuperar.