47 »Cuando la ropa de lana o de lino se llene de moho,
48 o éste aparezca en la urdimbre o trama del lino o de la lana, o en algún cuero o artículo de piel,
49 y su color sea verdusco o rojizo, se trata de una infección de moho, y deberá mostrársele al sacerdote,
50 quien examinará la mancha y aislará durante siete días el objeto infectado.
51 Al séptimo día el sacerdote examinará la mancha. Si ésta se ha extendido en la ropa o en la urdimbre, o en la trama, o en el cuero o en cualquier artículo de piel, se trata de un moho corrosivo. Tal objeto es impuro.
52 Se le prenderá fuego a la ropa o a la urdimbre, trama, lana, lino o cualquier artículo de piel que haya sido infectado, porque se trata de un moho corrosivo. El objeto deberá ser quemado.
53 »Si al examinar el objeto, el sacerdote observa que la mancha no se ha extendido sobre el vestido, ni sobre la urdimbre, trama, lana, lino, o cualquier artículo de cuero,