48 o en urdimbre o en trama de lino o de lana, o en cuero, o en cualquier objeto de cuero,
49 y si la mancha es verdosa o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquier objeto de cuero, es mancha de lepra y se ha de mostrar al sacerdote.
50 El sacerdote examinará la mancha, y encerrará la cosa manchada durante siete días.
51 Al séptimo día examinará la mancha, y si se ha extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero o en cualquier objeto hecho de cuero, la mancha es lepra maligna: el objeto será inmundo.
52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquier objeto de cuero en que haya tal mancha, porque lepra maligna es: al fuego será quemado.
53 Pero si el sacerdote, al examinarlo, ve que la mancha no se ha extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier objeto de cuero,
54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la mancha, y lo encerrará otra vez por siete días.