44 Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las naciones que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas.
45 También compraréis de los hijos de los forasteros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que están con vosotros; los cuales tendréis por posesión:
46 Y los poseeréis como herencia para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en cuanto a vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis uno sobre otro con dureza.
47 Y si el peregrino o extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano que está con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a alguno de la familia del extranjero;
48 después que se hubiere vendido, podrá ser redimido; uno de sus hermanos podrá redimirlo;
49 o su tío, o el hijo de su tío podrán redimirlo, o un pariente cercano de su familia podrá redimirlo; o si sus medios alcanzaren, él mismo podrá redimirse.
50 Y hará cuentas con el que lo compró, desde el año en que se vendió a él, hasta el año del jubileo; y el precio de su venta será conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un siervo asalariado.