23 entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu estimación como cosa consagrada a Jehová.
24 En el año del jubileo, volverá la tierra a aquél de quien él la compró, cuya es la herencia de la tierra.
25 Y todo lo que apreciares será conforme al siclo del santuario: el siclo tiene veinte geras.
26 Pero el primogénito de los animales, que por la primogenitura es de Jehová, nadie lo santificará; sea buey u oveja, de Jehová es.
27 Mas si fuere de los animales inmundos, lo redimirán conforme a tu estimación, y añadirán sobre ella la quinta parte; y si no lo redimieren, se venderá conforme a tu estimación.
28 Pero ninguna cosa consagrada, que alguno hubiere santificado a Jehová de todo lo que tuviere, de hombres y animales, y de las tierras de su posesión, no se venderá, ni se redimirá: todo lo consagrado será cosa santísima a Jehová.
29 Ningún anatema consagrado de hombres podrá ser redimido: indefectiblemente ha de ser muerto.