28 Y el que llevare sus cuerpos muertos, lavará sus vestidos, y será inmundo hasta la tarde; habéis de tenerlos por inmundos.
29 Y estos tendréis por inmundos de los animales que se van arrastrando sobre la tierra: la comadreja, y el ratón, y la rana según su especie,
30 y el erizo, y el lagarto, y el caracol, y la babosa, y el topo.
31 Estos tendréis por inmundos de todos los animales; cualquiera que los tocare, cuando estuvieren muertos, será inmundo hasta la tarde.
32 Y todo aquello sobre que cayere alguno de ellos después de muertos, será inmundo; así vaso de madera, como vestido, o piel, o saco, cualquier instrumento con que se hace obra, será metido en agua, y será inmundo hasta la tarde, y así será limpio.
33 Y todo vaso de barro dentro del cual cayere alguno de ellos, todo lo que estuviere en él será inmundo, y quebraréis el vaso .
34 Toda vianda que se come, sobre la cual viniere el agua de tales vasos , será inmunda; y toda bebida que se bebiere, será en todos esos vasos inmunda.