19 Y si el que santificó la tierra quisiere redimirla, añadirá a tu estimación el quinto del dinero de ella, y se le quedará para él.
20 Mas si él no redimiere la tierra, y la tierra se vendiere a otro, no la redimirá más;
21 sino que cuando saliere en el jubileo, la tierra será santa al SEÑOR, como tierra de anatema; la posesión de ella será del sacerdote.
22 Y si santificare alguno al SEÑOR la tierra que él compró, que no era de la tierra de su herencia,
23 entonces el sacerdote calculará con él la suma de tu estimación hasta el año del jubileo, y aquel día dará tu señalado precio, cosa consagrada al SEÑOR.
24 En el año del jubileo, volverá la tierra a aquel de quien él la compró, cuya era la herencia de la tierra.
25 Y todo lo que apreciares será conforme al siclo del santuario; el siclo tiene veinte óbolos.