25 »Si algún israelita queda en la miseria y se ve obligado a vender su propiedad, su pariente más cercano tiene el derecho de recuperarla por él, para que la propiedad vuelva a sus manos.
26 Si no tiene ningún pariente cercano, y puede conseguir por sí mismo el dinero para recuperarla,
27 deberá contar cuántas cosechas faltan hasta el siguiente año de liberación, y ése será el precio que deberá pagar.
28 »Si el que vendió no tiene dinero suficiente para recuperar su propiedad, el que compró seguirá siendo el dueño de la propiedad hasta el año de liberación. En ese año, la propiedad quedará liberada, y el dueño original la recuperará.
29 »Si alguien vende una casa construida en una ciudad protegida con murallas, tendrá un año de plazo para volver a comprarla.
30 Si en ese plazo no logra recuperarla, la casa no le será devuelta en el año de liberación sino que pasará a ser propiedad permanente del comprador y de sus descendientes.
31 »Con las casas construidas fuera de las ciudades, se hará lo mismo que con los terrenos: podrán ser recuperadas y devueltas a sus antiguos dueños en el año de liberación.