28 Porque el homicida debe permanecer en su ciudad de refugio hasta que muera el sumo sacerdote; después de la muerte del sumo sacerdote, el homicida podrá volver a la tierra donde tenía su heredad.
29 Estas disposiciones* constituirán normas de derecho para ustedes y todos sus descendientes dondequiera que habiten.
30 Si alguien mata a una persona, el homicida será ejecutado, pero sólo ante la evidencia de varios testigos; el testimonio de una sola persona no será suficiente para condenar a muerte a alguien.
31 No aceptarás compensación económica por la vida del homicida, pues está condenado a muerte, y debe morir sin remisión.
32 Ni tampoco aceptarás compensación económica por el que huyó a su ciudad de refugio y quiere volver a residir en su tierra antes de que muera el sumo sacerdote.
33 Ustedes no contaminarán la tierra en donde residen, porque la sangre contamina la tierra, y la tierra no puede ser purificada de la sangre derramada sobre ella, si no es por la sangre del que la derramó.
34 No contaminen, pues, la tierra donde residen y en medio de la cual yo habito; porque yo el Señor habito en medio de Israel.