Deuteronomio 15 BLP

Perdón de las deudas

1 Cada siete años perdonarás las deudas.

2 Lo harás del siguiente modo: cuando se proclame el perdón de las deudas en honor del Señor, todo el que haya hecho un préstamo a su prójimo o a su hermano, le perdonará la deuda y no se la reclamará más.

3 Podrás reclamar el pago de la deuda al forastero, pero perdonarás la deuda que tengas contraída con tu hermano.

4 Así no habrá mendigos entre los tuyos, ya que el Señor te colmará de bendiciones en la tierra que el Señor tu Dios te va a dar en herencia para que la poseas,

5 siempre y cuando obedezcas al Señor tu Dios y cumplas cada uno de los mandamientos que yo te prescribo hoy.

6 El Señor tu Dios te bendecirá, tal como te lo ha prometido; podrás prestar a muchas naciones, pero tú no tendrás que pedir prestado; dominarás a muchos pueblos, pero ninguno te dominará a ti.

7 Cuando en alguna de las ciudades de la tierra que el Señor tu Dios te va a dar veas a algún pobre entre los tuyos, no seas inhumano negando tu ayuda a ese hermano necesitado;

8 al contrario, tiéndele la mano y préstale lo que necesite para remediar su penuria.

9 Y que no se te pase por la mente el perverso pensamiento de poner mala cara a tu hermano necesitado y no prestarle nada ya que se acerca el año séptimo, año de perdonar las deudas. Él podría clamar al Señor contra ti y te harías culpable de pecado.

10 Debes prestarle, y además sin mezquindad; así el Señor tu Dios bendecirá todos tus trabajos y todo lo que emprendas.

11 Nunca dejará de haber pobres en esta tierra; por eso te mando que abras generosamente la mano a tu hermano, al pobre y al indigente de tu tierra.

Leyes relativas a los esclavos

12 Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti como esclavo y te sirve durante seis años, en el séptimo año lo dejarás libre.

13 Y cuando lo liberes no lo dejarás marchar con las manos vacías,

14 sino que le darás generosamente de aquello con lo que el Señor tu Dios te haya bendecido: de tu ganado, de tu era o de tu lagar.

15 Recuerda que fuiste esclavo en Egipto y que el Señor tu Dios te liberó; por eso te ordeno esto hoy.

16 Pero si ese esclavo te dice: «No quiero irme de tu lado», porque se ha encariñado de ti y de tu familia y porque contigo se encuentra a gusto,

17 entonces con un punzón le perforarás el lóbulo de la oreja contra la puerta, y así se convertirá en tu esclavo de por vida. Lo mismo harás si se trata de tu esclava.

18 No te pese dejar en libertad a tu esclavo, porque te sirvió durante seis años por la mitad de lo que habrías pagado a un jornalero; y, además, el Señor tu Dios bendecirá cuanto hagas.

Los animales primogénitos

19 Todo primogénito macho que nazca de tus vacas o de tus ovejas lo consagrarás al Señor tu Dios. No utilizarás para trabajar al primogénito de tus vacas, ni esquilarás al primogénito de tus ovejas,

20 sino que cada año, tú y tu familia lo comeréis en presencia del Señor tu Dios, en el lugar que él haya escogido.

21 Pero si el animal tiene algún defecto: es cojo, ciego o tiene cualquier otra falta, no lo presentarás en sacrificio al Señor tu Dios.

22 En tal caso, lo comerás en tu ciudad, igual que si se tratase de gacela o ciervo; y lo podrá comer tanto el puro como el impuro.

23 Pero la sangre no la comerás, la derramarás en tierra, como el agua.

Capítulos

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34