2 Si el ladrón es hallado forzando una casa y es herido y muere, no habrá culpabilidad por su sangre.
3 Pero si el sol ya ha salido sobre él, habrá culpabilidad por su sangre. El ladrón hará completa restitución; si no tiene con qué, será vendido por su hurto.
4 Si es hallado con lo hurtado en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
5 Si alguno hace pacer en un campo o en una viña y mete su bestia para que coma en el campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará.
6 Cuando se prenda fuego y al extenderse también se quemen espinos, y se quemen mieses amontonadas o en pie, o un campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
7 Si alguno da a su prójimo plata o bienes a guardar, y son hurtados de la casa de aquel hombre, si el ladrón es hallado, pagará el doble.
8 Si el ladrón no es hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces para ver si ha metido su mano en los bienes de su prójimo.